Nuevos graduados

Bienvenidos al CoPLiTeRS

El Colegio Profesional de los Licenciados en Producción de Bioimágenes, Tecnología Médica y Técnicos Radiólogos que residen y ejercen en la Provincia de Salta.

Los primeros pasos en el ejercicio de la Profesión están relacionados con:

  1. La Capacitación y Formación Profesional– CFP: 1°. Concurrencia de CFP en la Práctica Hospitalaria – CCPPH, (incluye Clínicas, Centros y Sanatorios). ¿Por qué la CCPPH es Integral, certificada, instrumentada? Toda Capacitación debe ser supervisada y transparente, dispuesta por la Autoridad en la Entidad formadora
  2. La Matriculación Profesional: ¿Cuál es su propósito? ¿Quién establece las reglas y por qué? ¿Quién está obligado a estar matriculado y tener la Matrícula legalmente habilitada? Las obligaciones de los matriculados asumidas con el mantenimiento de la Matrícula con la habilitación legal .
Matriculación Profesional ¿Libre u Obligatoria?

La matriculación profesional es de libre elección hasta que determine practicar la profesión que tiene esta condición legal excluyente.

Un graduado decide libremente si va a ejercer ahora, el próximo año o en diez. Es libre de matricularse o no, porque le asiste el derecho de ejercer la profesión de su libre elección. Sin embargo, el ejercicio de las profesiones está reglamentada por el Estado a través de una Ley General o de una Ley especial dictada para una profesión específica, de características únicas.

Quien decide ejercer su profesión en una jurisdicción determinada en la Ley, está obligado a cumplir las condiciones para el ejercicio establecido en la Ley de la profesión. En nuestro caso es la Ley 7.977 ,

Mantener la Matrícula Habilitada

Para realizar actividades de Capacitación, es necesario obtener la habilitación legal del Colegio que autoriza ejercer la profesión, y mantener esta habilitación legal en las condiciones en que ha sido otorgada al momento de matricularse.

El procedimiento de la matriculación está establecido en la Ley 7.977, para dar la seguridad a la población, de la legalidad en la matriculación y en la correcta habilitación de la Matrícula que autoriza y otorga el Colegio Profesional a los matriculados para ejercer la profesión.

La validez de la Matrícula Profesional radica exclusivamente en su habilitación legal autorizada para ejercer la profesión dentro de la jurisdicción y en las condiciones de la Ley 7.977 y del Reglamento de la Matriculación. Se recomienda evitar la inhabilitación legal de la MP, generalmente causada por la falta de documentación o del pago obligatorio de la cuota de la Matricula habilitante.