La Matrícula Profesional Ley 7.977
Sólo El Estado Reglamenta Las Profesiones en la Salud

El Estado reglamenta el ejercicio en las profesiones en la salud, a través del Órgano de aplicación de la Ley correspondiente. Por lo general, las profesiones se rigen por los principios de la Ley 17.132 del Ejercicio de la Medicina que se reglamenta a través de los Ministerios de Salud.
Si el Estado dicta una Ley Especial para reglamentar el Ejercicio de una Profesión específica, también crea el Órgano de Control del cumplimiento de la propia Ley. Como en el caso la Ley 7.977 que reglamenta la profesión a fin de asegurar la legalidad en la Matriculación y las condiciones de de la habilitación legal de la Matrícula que otorga y autoriza el Colegio, para ejercer la profesión en la Provincia de Salta.
El Estado aplica la reglamentación de la Profesión a través del Colegio Profesional, que ha creado en la Ley 7.977.
Es el Órgano de Matriculación Ley 7.977
Aplica la Reglamentación de la Ley.
Asegura la legalidad en la Matriculación
Autoriza la Habilitación Legal de la MP.
Garantiza el Ejercicio Legal de la Profesión
Obligaciones del Matriculado con La Matrícula

El Estado reglamenta el ejercicio de la profesión según la Ley 7977, a través del Colegio Profesional creado a los propios fines de la Ley. Así, la habilitación legal de la matrícula que autorice el ejercicio del matriculado como fin de la Matriculación Legal, Acto Administrativo con efecto jurídico del profesional, que sigue la letra de la Ley.
El Acto de la Matriculación genera los derechos y las obligaciones que le atribuye la Ley a los matriculados con la Matrícula. Por única vez es otorgada con habilitación legal definitiva del Colegio, lo que autoriza ejercer la profesión, siempre en las condiciones asumidas
La Matriculación es un mecanismo de control estatal establecido para garantizar la seguridad jurídica ética y técnica en la atención e institucionalizar la responsabilidad social de los profesionales.
La Matriculación supone el conocimiento de la ley y la facultad de decisión del Profesional de aceptar los efectos jurídicos del Acto. Por ello, se asume que:
Las acreditaciones ofrecidas son legítimas
Mantiene la Habilitación Legal de la MP
Conoce los efectos de la inhabilitación.
Que la práctica del profesional
Obtener y Mantener la Matrícula Habilitada
¿Quiénes Están Obligados a Matricularse?

Todos los Licenciados en Producción de Bioimágenes, en Tecnología Médica y Técnicos Radiólogos, que deseen ejercer la profesión en el sector Público o Privado de la Provincia de Salta, con relación laboral dependiente o autónoma, están incluidos en la Ley 7.977. Son sujetos obligados a obtener y mantener la Habilitación Legal de la Matrícula, autorizada para poder ejercer.
Esta autorización sólo la otorga el Estado. A través del Colegio Profesional, establece que se deba exigir además de la APTITUD Profesional, la HABILITACIÓN Legal de los/as Matriculados/as, obtenidas en la respectiva AUTORIDAD CERTIFICANTE. Ambas condiciones son excluyentes para prestar servicios en La Salud.
El RUP – Registro Único de Profesionales del Colegio, contiene información que le permite asegurar: Que cada Licenciado/a y Técnico/a Colegiado/a:
Obtuvo Título en la Universidad que Certificante
Tiene dominio técnico en el arte/profesión.
Obtuvo habilitación del Colegio que Certifica la seguridad en la legalidad /Matriculación
Tiene la autorización del Estado para ejercer

La APTITUD PROFESIONAL: Demuestra que posee conocimiento calificado en la ciencia y dominio técnico de la profesión. La capacitación inicial alcanzada al finalizar la carrera, expresada en el Título obtenido en la Universidad o Entidad Oficial Educativa de Formación Profesional. Son las Autoridades Certificantes de la autenticidad y legalidad documentada del Título otorgado.
La HABILITACIÓN LEGAL: Que tiene autorización para ejercer la profesión que otorga el Estado, por Instrumento Legal a través del CP – Colegio Profesional. Que es la Autoridad Certificante de la legalidad en la matriculación y la seguridad en las condiciones establecidas en la correcta habilitación legal de la Matrícula que autoriza ejercer a los matriculados.