Consejo Directivo

Funciones del Consejo Directivo

El Consejo DirectivoEl CD ejerce el Gobierno del CoPLiTeRS y la facultad de actuar en su nombre y representación. Ergo, representa ante los Órganos Fiscales y la Administración del Estado, a los miembros colegiados que constituyen el Colegio Profesional. Como en los actos administrativos y jurídicos vinculados con las pautas que establece la Ley 7.977 , para ejercer la profesión,

Según el Art. 16 de esta Ley, el CD está integrado por siete (7) miembros titulares y dos (2) suplentes, elegidos por el voto directo, secreto y obligatorio de los pares matriculados. Cada miembro asume las funciones que corresponden al cargo de: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero o uno de los cinco (5) Vocales; tres (3) titulares y dos (2) suplentes.

CD, ejerce el Gobierno del CoPLiTeRS, con las facultades y las atribuciones otorgadas en la Ley, para cumplir los fines y funciones que la misma establece.

El CE es el Órgano de cumplimiento de la Ley, es responsable del Control en la Matrícula y de asegurar el Ejercicio Legal de la Profesión. Además, debe Gestionar y Administrar los recursos necesarios para que esto sea posible.

Ejercicio de la Profesión
  • Dictar su Reglamento Interno y
  • Fiscalizar la ética y la legalidad en el ejercicio de la profesión.
  • Publicar Resoluciones de Interés General, en el BO y otros medios.
  • Avalar la acreditación académica en la Capacitación
  • Convocar a Elecciones y a Asambleas de Colegiados.
  • Designar la Junta Electoral.
Gestión Administración
  • Representar al CoPLiTeRS ante los Órganos del Estado.
  • Actuar en su nombre en actos administrativos y jurídicos.
  • Crear Comisiones y Comités con fines organizativos, académicos, operativos u otros.
  • Recaudar y administrar fondos,
  • Fijar partidas de gastos, sueldos de personal administrativo, otros.
Control de la Matrícula
  • Organizar el registro profesional
  • Elaborar el Código de Ética y la Reglamentos de matriculación.
  • Certificar la legalidad, seguridad en la correcta matriculación.
  • Otorgar la Matrícula y autorizar la habilitación legal de la MP que permite ejercer la profesión.
  • Ejecutar las sanciones que dicta el Tribunal de Ética.

Defiende el Ejercicio Legal de la Profesión

El CD acuerda reuniones con la Alta Dirección de Entidades hospitalaria, Clínicas y Sanatorios, haciendo entrega personal de notas con la información pertinente y el estado de la matriculación habilitante del personal correspondiente. Estimando necesaria la cooperación directiva para asegurar en cada Entidad de Salud, la correcta Habilitación Legal de la Matrícula Profesional, requerida en la Ley 7.977 para autorizar el ejercicio profesional de los matriculados.

En tal virtud, todos, quienes cumplen funciones o realizan tareas en los Servicios de Radiología, Terapia Radiante y toda práctica relacionada a la aplicación de Tecnología, Técnica y procedimientos con radiaciones en la obtención de imágenes para el Diagnóstico y Tratamiento Médico, deben estar colegiados y mantener la Matrícula con la habilitación legal del Colegio que autoriza el ejercicio profesional de los matriculados. Asociación Tucumana de Radiología TR Sosa, Futuro Colegio y Convenio de Cooperación con la UAI para articular la Licenciatura

Habilitación Legal de la Matrícula
  • Reunión con el Gerente del HOSPITAL DEL MILAGRO., Dr. José Soto Ruíz y el representante legal Dr. Zarzur
  • Instituto CENESa
  • Diagnóstico Salta
Organismos Públicos
  • Continúa gestiones iniciadas en 2021 para la incorporación en el agrupamiento profesional de los Profesionales con el Título de Grado de Licenciados en Producción de Bioimágenes y en Tecnología Médica, en el . Que la gestión actual del MSP ha rechazado, interpretando que pertenecen al Agrupamiento T1 no al Agrupamiento P2, en el que siempre se incorporaron desde 2003 hasta ahora.
  • Reunión de los CP con el Gobernador. se solicita la visibilización de toda disciplina del equipo de salud. Los CP ofrecen elaborar un plan de Salud beneficioso