El RUP
El RUP es el Registro Único de Profesionales creado en el ámbito del CoPLiTeRS, mediante Resolución 002/18 de la CO de este Colegio Profesional, según los fines que dicta la Ley 7.977.
El RUP es un Libro oficial de registro público. Donde un titular, que ha cumplido los requisitos establecidos en la Ley 7.977, puede inscribir su Título de grado o pregrado, con la matrícula alfanumérica que le corresponde según el orden de registro predefinido.
La Matrícula Profesional es única. Puede ser asignada, por única vez, y pertenecer a una única persona. Cuyo nombre y número de identidad asociada al título, debe coincidir exactamente con el nombre y el número de identidad de la persona registrante o titular. En el caso particular del CoPLiTeRS, el RUP incluye Licenciados en Producción de Bioimágenes o en Tecnología Médica, que son Profesionales con título de grado, y Técnicos Radiólogos Superiores con título de pregrado.
La Ley 7.977 determina que las tareas y las funciones, tocantes a la profesión de su competencia, corresponden exclusivamente a quienes son licenciados y Técnicos Radiólogos, graduados con título universitario o de nivel superior, como mínimo. Por lo que en el Art. 6, excluye del ejercicio a los Auxiliares que, en tiempo y forma, no hayan cumplido las condiciones establecidas.
El Art. 6 de la Ley 7.977, establece: «Todo personal que empíricamente ejerce funciones de Licenciado o Técnico Radiólogo o Auxiliar de Técnico Radiólogo, tanto en el ámbito público como privado, y que acrediten fehacientemente una antigüedad de cinco (5) años en sus funciones, deberá obligatoriamente realizar los cursos de grado que dicte al efecto el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta, o cualquier Institución que expida título habilitante el que deberá ser acreditado en un plazo no mayor a los tres (3) años, a contar de la promulgación de la presente Ley.-